El
Sistema de Dinero Soberano
En un
sistema de dinero Soberano como propongo aquí es la creación de una institución
la cual se llamará “Junta de Justicia Económica” conformada de seis miembros
quienes no estarán vinculados a ningún Banco, ni podrán invertir, beneficiarse
o formar sociedades. Tres de ellos serán nombrados por el presidente del
Ecuador, uno de ellos será nominado por el Banco Central, Otro nominado por la
Asamblea y otro por la Cámara de Comercio del país. Esa junta en consulta de todos los factores
económicos y valorando las recomendaciones del presidente de la república y el
Ministro de finanzas; del banco central; de la asamblea que aprobará la ley,
emitirá la moneda ecuatoriana. La misma que debe ser aprobada por el presidente
de la república y sometida a la asamblea para ser aprobada y luego ratificada
por el presidente. Sólo el banco central podrá “IMPRIMIR” la moneda, de
propiedad del Estado, autorizada por la JME puede imprimir dinero como moneda,
notas o bonos y dinero electrónico. Los bancos comerciales no podrían estar
envueltos en la creación de dinero.
Así la
Junta de Justicia Económica tendría la responsabilidad de:
1. Independientemente determinar la
política monetaria.
2. Control de Inflación
3. Moderación de los Mercados
4. Prevención de Crisis bancarias y
monetarias.
5. Emitir la política económica: con la
participación del Presidente del país y del Presidente del banco Central.
6. Emitir regulaciones y políticas para el
Sector financiero.
Servicio
de “Inversión Nueva Vida”
Una de
las claves de la política económica de “Riqueza Común Científica” es el
invertir en cada nuevo ciudadano que nace en el país. El gobierno le concede
$100,000 dólares el momento mismo de nacer. Para este fin se creará bonos que
el estado pagará 3% por 18 años.
Una vez
impresos los bonos, estos bonos pueden ser vendidos en el mercado a un valor de
6% o 7% como inversión tanto nacional como extranjera. Al mismo tiempo que se
usará esos bonos como base para la impresión del dinero equivalente a la suma
de los bonos, ayudando a financiar así varias obras exclusivamente de inversión
en el país. Este método no solamente permite justificar la emisión tanto de
bonos como de dinero y permite al país hacer crecer el dinero invirtiéndolo.
Se deben crear las medidas específicas de
inversión exclusivamente en explotación petrolera y minera. El estado puede ir
pagando este monto en los 18 años al crear una medida de pago automática para
que 7% de las ganancias de los proyectos en los que se invierta vayan
generando, para que así tanto los bonos, como el dinero sea justificado antes
del vencimiento de los 18 años.
Esta
política es sumamente importante para crear una nueva forma de gobierno, pues
esto garantiza a cada nuevo ciudadano desde el mismo momento que nace que su
patria está velando por él/ella.
No es
concebible que no se haya hecho esto desde hace siglos. Es prevenir que haya
ciudadanos que no tengan acceso a la Universidad, garantiza que tendrán dinero
para iniciar un negocio a los 18 años. Garantiza que no habrá pordioseros en
las calles, garantiza que no hace falta la guerra para resolver conflictos,
pues es la vida misma la que será protegida, Todo ciudadano ecuatoriano tendrá
su oportunidad de triunfar desde el momento que nace. Es una idea tan radical
que cambiará la forma de gobernar. Pero en la manera que se ha estructurado es
sumamente importante en la creación de dinero y enriquecimiento de la patria.
Impuestos:
Ecuador
establecerá las siguientes tarifas de impuestos.
• 15% Tarifas arancelarias/ 10%
impuesto Comercial, 5% impuesto a maquinaria de producción.
• 10% Impuestos Comercial, Todos los
negocios deben pagarlo.
• 15% impuestos de Ganancias capitales
(Se refiere a los montos como plusvalía, ganancias de bolsas de valores,
ganancias de apuestas, ganancias de regalos (no herencias) ganancias de
ganancias en oro, metales etc.)
• 20% de impuesto a la Renta y ganancia
de trabajo,
• 3% a la esposa 9% Para hijos directos,
y 18% Impuesto a la herencia de sobre un millón de dólares.
• 5% Impuesto del IVA
• 1,5% impuesto anual de muebles
inmuebles
• 2% de impuestos a la propiedad.
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